Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 26/05/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, con sede en Calabozo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : JP61-L-2009-000028 N° Sentencia : 0509-12-029 Fecha: 26/05/2009
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
PEDRO CELESTINO BELISARIO, VS SURAMERICANA DE FINANZAS C.A.-
Resumen:
Este Juzgado se reserva el LAPSO DE CINCO (5) DIAS HABILES PARA PUBLICAR LA SENTENCIA. Así se establece. Se deja constancia que la parte actora consignó escrito de promoción de pruebas constante de dos (2) folios útiles, y veinte (20) folios de anexos. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las Diez y Treinta de la mañana (10:30 a.m.).-
Juez/Ponente:
Iván García Lozada
Organo:
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, con sede en Calabozo
arriba

N° Expediente : JP61-L-2009-000102 N° Sentencia : 0509-12-028 Fecha: 26/05/2009
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
JUAN HORANGEL MORENO ZALAZAR VS KAYSON COMPANY DE VENEZUELA C.A.-
Resumen:
Todo lo anterior se expresa por ciertos aspectos deficientes y ambiguos que plantean la pretensión de la demanda, los cuales impiden a este Juzgado proceder a admitirla, ello en virtud de que no se encuentran llenos los extremos establecidos en el ordinal 3 del artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En definitiva, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, se abstiene de admitir la demanda, y en uso de las facultades que le otorga el artículo 124 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, ordena al demandante proceda a subsanar el libelo el libelo de demanda dentro del lapso de los dos (2) días hábiles siguientes a la práctica de la notificación, so pena de Perención. Así se decide. Expídase Boleta de Notificación y entréguese al Alguacil a los fines de que practique la notificación ordenada.-
Juez/Ponente:
Iván García Lozada
Organo:
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, con sede en Calabozo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados