Cuarto: Si bien es cierto, que a los folios 98 a 101 riela escrito contentivo de Acusación que presenta la oficina Fiscal 72° del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual imputa al ciudadano JHONNY JOSÉ CORTEZ PEÑA, la presunta comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de IRVIS ELIAS PERDOMO, hecho ocurrido el 30 de diciembre de 1999. No es menos cierto, que uno de los principios fundamentales del sistema acusatorio es el de Juzgamiento en Libertad y no encuentra esta Instancia asidero en los autos para no aplicar este principio a favor del imputado a cuyo favor hace valer igualmente el principio de Presunción de Inocencia, ambos consagrados en los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se ordena la Libertad Sin Restricciones del imputado y se le advierte que de no acudir al llam.....