este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho en el presente caso es decretar la LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano JHONATAN DAVE TERÁN PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-15.364.641, y en consecuencia, se ordena oficiar a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de este Estado, a los fines de que deje sin efecto la orden de aprehensión librada en fecha 15/07/09 en contra del ciudadano antes identificado, la cual fue enviada mediante oficio Nº 2185 de esa misma fecha, y por ende, sea excluida del Sistema Integrado de Información Policial.- Y ASÍ SE DECIDE.- Publíquese, Regístrese. Notifíquese. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ
ANGÉLICA MARÍA ZAPPONE
EL SECRETARIO
ABG. ALWIN ROJAS
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
EL SECRETARIO