Con fuerza en los razonamientos de hecho y de derecho precedente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley: DECIDE: SE DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL y como consecuencia de ello, según lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 3º, y 48 ordinal 1°, ambo del Código Orgánico Procesal Penal, el sobreseimiento del presente asunto con respecto a los ciudadanos FELIX MIGUEL SOJO SALAZAR, identificado con la cédula N° 9.682.140 y FELIX MIGUEL SOJO SALAZAR, identificado con la cédula N° 9.682.140, ampliamente identificados en las actuaciones, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR MENOR,, previsto y sancionado en el tercer aparte de la Ley Orgánica.....