“…En cumplimiento de la comisión, este Juzgado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, los derechos que le corresponden al ciudadano JOAO GÓMES SOUTO, titular de la cédula de identidad N°9.996.098 sobre los siguientes inmuebles los cuales se encuentran integrados: “Apartamentos 4-A y 4-B, ubicados en el piso 4 del edificio Residencias Villa Páez, situado con frente a la Avenida José Páez en el Paraíso, en parte de la Parcela N 4, Jurisdicción de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital. Dichos inmuebles pertenecen al demandado según consta de documentos protocolizados por ante la Oficina Subalterna del Sexto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo los Nos. 23 y 24, Tomo 8, Protocolo Primero; en fecha 24 de febrero de 2000, y consecuencialmente se declara la desposesión jurídica del mismo de conformidad con el articulo 536 del Cód.....