Por los razonamientos anteriormente explanados, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de La Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente demanda de IMPUGNACION DE PATERNIDAD, formulada por la ciudadana NANCY NAZARETH BRITO PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.560.043, de este domicilio contra la ciudadana LILIANA VANEZA ZERPA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V-31.789.436, con domicilio en Sector La Trinidad Carrera 5 entre Calles 4 y 5, Casa S/N, habitación N° 2, en la ciudad de Calabozo Estado Guárico, menor (OLIVER BRITO ZERPA), asistida por el abogado ROMULO HERRERA, anteriormente identificado.
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA a.....