SE DECLARA LA APERTURA A JUICIO ORAL DE LA PRESENTE CAUSA emplazándose a las partes para que concurran ante el Juez de Juicio a quien corresponda conocer de ella, dentro del lapso común de cinco (5) días siguientes y se ordena el enjuiciamiento del ciudadano LUIS CESAR FIGUEROA, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en los Artículos 376 primer aparte del Código Penal, en los casos del numeral 1° del artículo 374 Ejusdem, cuando sea menor de trece años, cometido en perjuicio de la niña ROISBETH ANDREA SOTO de tres años de edad.