DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA EXTINGUIDA LA ACCION PENAL Y SOBRESEIDA LA CAUSA que se seguía contra el hoy occiso Asdrúbal José Rodríguez Lara, signada con el N° JP01-R-2007-000085 Todo de conformidad con los artículos 48 ordinal 1° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, y 445 del Código Civil Venezolano. Publíquese. Notifíquese. Déjese copia certificada. Cúmplase.-
LA JUEZ PRESIDENTE DE SALA,
ABG. YAJAIRA MORA BRAVO
LA JUEZ,
ABG. KENA DE VASCONCELOS VENTURI
EL JUEZ (PONENTE),
ABG. ÁLVARO COZZO TOCINO
LA SECRETARIA,
ABG. MILAGROS SALAZAR
En la misma fecha se cumplió con lo acordado.
LA SECRETARIA,