Se ordena Acumular a la presente causa el asunto signado con el Nº JP31-L-2012-000016, nomenclatura de este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, sede San Juan de los Morros, al presente asunto. (JP31-L-2012-000006) solicitado por el Abg. CATALINO CENTENO.