PRIMERO: Se declaró COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana Manglor Josefina Rengifo León, titular de la cédula de identidad Nº 10.079.040, en su condición de hija del ciudadano Manuel Ramón Rengifo, a quien se le sigue asunto penal Nº JP01-P-2007-002669, ante el Tribunal accionado, debidamente asistida por el profesional del derecho Juan Parra, titular de la cédula de identidad Nº 2.000.031 e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 9712, contra la omisión de la Juez encargada del Órgano Jurisdiccional in refero, en pronunciarse sobre la solicitud de copias simples de la totalidad del asunto penal antes referido, formulada en fecha 12 del presente mes y año; todo ello conforme los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 1, 2, 4, 6 y 18 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales; SEGUNDO: INADMISBLE la referida acción de amparo constitucional; ello de conformidad con las pre.....