Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Extensión Calabozo, decide: PRIMERO: Se decreta la aprehensión en flagrancia del ciudadano imputado FRANBIER JOSE ROJAS GAMARRA, conforme a lo previsto en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que se encuentran llenas las exigencias establecidas en dichos artículos. SEGUNDO: Se acuerda la prosecución del presente proceso bajo las reglas del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, a fin de que el Ministerio Publico realice las investigaciones necesarias restantes y emita el correspondiente acto conclusivo. TERCERO: Se precalifica por los hechos como COOPERADOR INMEDIATO, en la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO Y ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en los artículos 406 ordinal 1º, y 458 del Código Penal y por el delito de HURTO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y san.....