DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la Acción de Nulidad de Venta de los Bienes de la Comunidad Conyugal, intentada por la ciudadana CARMEN FELIPA GARCÍA DE VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.270.283, con domicilio en esta ciudad de Calabozo, Estado Guárico; debidamente asistida y/o representada por la Abogada en ejercicio NURY SAAVEDRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.154.288, e inscrita en el Inpre-Abogado bajo el Nº 7.625, contra los ciudadanos MARIO DANIEL VILLEGAS y REGULO ARTURO MAYOL HIDALGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.482.549 y V-8.809.612, domiciliados en esta ciudad de.....