Dispositiva
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
Primero: Se Admite; el Recurso de Apelación con Efecto Suspensivo, ejercido por el Fiscal Vigésimo Séptimo (27º) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Abg. Daniel Pargas, en contra de los ciudadanos Luís Alberto Pérez y Juan Francisco Lanzoza. Segundo: Sin Lugar el Recurso de Apelación con Efecto Suspensivo, interpuesto por el Fiscal Vigésimo Séptimo (27º) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Abg. Daniel Pargas, y en consecuencia se Confirma la decisión dictada en audiencia de presentación celebrada en fecha 20 de Enero de 2015; mediante la cual decretó la libertad plena a favor de los ciudadanos Luís Alberto Pérez y Juan.....