este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con Competencia en Régimen Procesal Transitorio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la de Medida de Protección permanente, en consecuencia se DECRETA LA ADOPCIÓN PLENA de la adolescente: (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por parte de los ciudadanos: DAVID ITRIAGO ACHIQUEZ Y MIRIAM ALIDA RAMIREZ DE ITRIAGO, ya identificados, todo de conformidad con el contenido de los artículos 406, 493 y 126 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.