Por las consideraciones procedentes, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUARICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: SE CONDENA al ciudadano JOSE MARTIN GARCIA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.038.266,a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano Vigente para el Momento en que ocurrieron los hechos, por el delito de ROBO PROPIO CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el 455 en relación con el artículo 77.11 del Código Penal Venezolano, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio del ciudadano WILLIAN JOSE ARCILA ARCILA, pena ésta que deberá cumplirse en los términos y condiciones que establezca el Tribunal de Ejecución que en definitiva conozca de la presente causa ASÍ SE DECLARA. Regístrese, Publíquese, n.....