Analizados como fueron los hechos alegados por el actor, aunado al único medio de prueba que acompaña tales afirmaciones, considera quien suscribe, que los medios que acredita el accionante no son suficientes para decretar la medida cautelar solicitada, habida cuenta que sólo se trata de reclamación de los conceptos laborales plasmados en la demanda y en el entendido de que a la presente fecha no se ha acreditado alguna insolvencia de la empresa, ya que incluso en caso contrario el actor afirma en su narrativa, que la empresa demandada se encuentra, no evidenciándose de manera alguna prueba fehaciente que demuestre que la demandada ha sido o está siendo objeto de un procedimiento de atraso o de quiebra ante las instancias correspondientes, o haga presumir que se están llevando a cabo acciones fraudulentas para insolventarse o procediéndose a la liquidación de sus activos, sin cumplir con los respectivos pagos o reclamaciones intentadas, entre otros
Por lo que en base a los anteriores .....