En mérito de lo anteriormente analizado este Juzgado de los Municipios Pedro Zaraza, El Socorro y Santa María de Ipire de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, actuando en sede de Protección del Niño y del Adolescente, con competencia para fijar la Obligación de Manutención, por órgano de quien suscribe, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana YARIANNY JOSEFA JARAMILLO, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 25.052.322, domiciliada en Carretera Nacional, Callejón Mata Verde de esta ciudad de Zaraza, Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico, en contra del ciudadano LUIS MAGIN MENDOZA ARMAS venezolano, mayor de edad, funcionario policial activo, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.854.534, domiciliado en Calle Principal Los Moraos, Sector Los Moraos de esta ciudad de .....