Es por las razones expuestas que este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio Nº 01, actuando en el nombre de la República y por autoridad de la Ley: Decide: Se REVOCA la medida privativa de libertad decretada al procesado HECTOR JOSE SANCHEZ ROJAS , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº: V.-18.895.224, natural de esta ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guarico, nacido el día 18-03-1984, soltero, hijo de JOSE ALBERTO SANCHEZ y CLARA AURA ROJAS, domiciliado en la Calle Eliseo Marchena, casa s/n Las mercedes del Llano de este Estado Guárico, y se SUSTITUYE la misma por una medida cautelar sustitutiva de libertad , establecida en el ordinal 3° del artículo 256 del Código orgánico procesal penal, consistente en presentaciones periódicas ante la oficina de alguacilazgo de esta extensión penal ,cada quince (15) días. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 244 en relación con el artículo 264, ambos del Código Orgánic.....