Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, con sede en esta ciudad, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de la Fiscal Septuagésima Segundo (72) a Nivel Nacional en Materia de Régimen Penitenciario del penado, en consecuencia se acuerda la APERTURA del procedimiento para optar al beneficio de REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO O EL ESTUDIO, a los penados RAMON ENRIQUE PEREZ PEREZ, quien es venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, donde nació el 31-07-58, soltero, albañil, hijo de Carlos Pérez y María Pérez, residenciado en Calle Villa Nueva, casa N° 05, Barrio "Las Tablitas" Magdaleno Estado Aragua y titular de la C.I. N° 7.357.064 ; actualmente recluido en la penitenciaria General de Venezuela", San Juan de los Morros, Estado Guarico, de conformidad con lo establecido en los artículos.....