DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de Terreno denominado "Fundo La Arboleda", ubicado en el Sector Santa Rosa, de la parroquia Camaguán, Municipio Camaguán del estado Guárico, constante de una superficie de setenta y cuatro hectáreas con cinco mil doscientos trece metros cuadrados (74 has con 5.213 mts2) aproximadamente, alinderado de la siguiente manera; Norte: pista de Aterrizaje; Sur: terreno ocupado por Fundo Toro Macho; Este: terrenos baldíos y Oeste: terreno ocupado por José Ramos, a favor del ciudadano Deivis Manuel Alvarado Rangel, venezolano, mayor de edad, titular de la céd.....