Practicada como ha sido la Redención Judicial de la pena por NUEVE (09) MESES y DIECISEIS (16) DÍAS, a favor del penado DANNY ALFONSO AREVALO, Titular de la Cédula de Identidad 15.248.508, actualmente recluido en el Internado Judicial de San Juan de los Morros, Estado Guárico, al cual se le impuso mediante Sentencia Firme y Ejecutada la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 10, Numerales 3° y 7° de la Ley de Protección a la Actividad Ganadera, este Tribunal acuerda de Oficio la reforma del respetivo Cómputo, de conformidad a lo establecido en los artículos 482 último aparte y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal vigente