.III.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO y del TRÁNSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte co-accionada, Ciudadanos WHITMAN ALVAREZ QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.520.695, domiciliado en la Finca la Sentencia, Sector El Chino, al final de la prolongación de la Avenida Bolívar de San Juan de los Morros, estado Guárico; y PEDRO ANTONIO QUINTERO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. V-563.857, domiciliado en la población de Ejido, Municipio Campo Elías del estado Mérida, a través se su apoderado judicial abogado FRANCISCO OSKAROVSKY ALVAREZ ANZIANI, inscrito en el Impreabogado bajo el N° 26.551.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el fallo de la rec.....