Ordena la inmediata devolución de las presentes actuaciones seguidas contra el ciudadano Manuel Eligio Velásquez, ampliamente identificado en actas del expediente, al Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, a los que éste de cumplimiento a lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal