Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la aprehensión en flagrancia del ciudadano imputado EUDIS JOEL RAMOS RODRIGUEZ, venezolano, portador de la cedula de identidad Nº V-18.583.280, natural de Calabozo Estado Guárico, nacido en fecha 26/2/84, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Sargento Segundo Activo del Ejercito, domiciliado en Vicario 01, sector Los Cocos, calle 07, casa Nº 21, Calabozo Estado Guárico, conforme a lo previsto en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que se encuentran llenas las exigencias establecidas en dichos artículos, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, delito previsto y sancionado en el articulo 215 y 416 .....