En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la oposición formulada por las apoderadas de la parte intimada ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO y SIN LUGAR la Estimación e Intimación de Honorarios presentada por la Abogada LILIANA RON.