DECRETA: LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA sobre el conocimiento del presente asunto jurídico penal N° JJ01-P-1999-000035, ANTE SU TRIBUNAL DE ORIGEN Y JUEZ NATURAL CON COMPETENCIA ESPECÍFICA, esto es, ante el Tribunal Segundo (2°) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico con sede en esta misma ciudad, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 7, 73 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 26 y 49 numeral 4., ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.