Se Declaró Inadmisible la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado Yván Francisco Herrera Guevara, quien procedió con el carácter de Defensor del ciudadano RICHARD ALEXANDER BARTOLOZZI BLANCO, todo conforme a los artículos 2, 26, y 257 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 18 y 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.