Este Tribunal en virtud de considerar suficientes los argumentos esgrimidos por la Defensora Pública a favor de su defendido y por cuanto el acusado ha cumplido cabalmente con las presentaciones impuestas se acuerda la mencionada solicitud, en el sentido de ampliarle el lapso de presentaciones de cada Quince (15) días a cada CUARENTA Y CINCO (45) días.