Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decreta el siguiente pronunciamiento: ACUERDA la solicitud fiscal, recaída en MEDIDAS DE PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS, a favor de la adolescente NILLUBY BETZABETH ESPINOZA COLMENARES, titular de la Cédula de Identidad 19.100.442 y su familia, a través de la Comandancia Policial de la ciudad de Altagracia y la Policía del Municipio José Tadeo Monagas de esa ciudad, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 118, 120 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 5 y 282 ejusdem en relación con el los artículos 30, 44 y 46 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual se ordena por un lapso de Noventa (90) días, quedando la fiscalía del Ministerio Público obligada a velar por los intereses de la víctima y el cu.....