Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Extensión de Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: Ordena la Des-incorporación del Sistema de Información Policial del JULIO CESAR ANTIVERO, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 12.990.084.
SEGUNDO: Se acuerda oficiar a la Consultaría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas con sede en la ciudad Capital a fin de que sea excluido del sistema SIPOL.
Se acuerda notificar partes de la presente decisión y ofíciese lo conducente.
La presente decisión se fundamenta en los artículos 02, 26; 44, 47, 49, 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y en cumplimiento de los Tratados y Acuerdo Internacionales suscrito por Venezuela.