D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expresadas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia (CIVIL), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCION DEL PRESENTE PROCESO, expediente signado con el Nº 9057-12, juicio que por DIVORCIO sigue la ciudadana CARMEN FELIPA GARCIA DE VILLEGAS, contra el ciudadano MARIO DANIEL VILLEGAS, debido a la no comparecencia personal de la demandante al acto conciliatorio, conforme a lo establecido en el artículo 756 ejusdem. Así expresamente se determina.
Se acuerda suspender las medidas decretadas en fecha 04-10-2012, sobre los bienes inmuebles plenamente identificados en autos, por lo cual se acuerda librar oficio al ciudadano Registrador Público Inmobiliario del Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, a l.....