Son por todas estas consideraciones que este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con Sede en San Juan de los Morros, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,: Declara la REDENCION de la pena de UN (1) AÑOS Y DOS (2) MESES Al penado CARLOS EDUARDO LORETO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-20.587.550, lo que se le suma a la pena acordada, dando un tiempo de cumplimiento de pena TRES (3) AÑOS, DOS (2) MESES y TRECE (13) DIAS, con OCHO HORAS , restándole por Cumplir el tiempo de ONCE (11) AÑOS, DIEZ (10) MESES y DIECISIETE DIAS, que cumplirá definitivamente el día 14 de Octubre de Dos Mil Veintiséis (14-10-2026). Así se Decide.-
Notifique a las partes. Envíese copia debidamente certificada al penado y la directora de Centro Penitenciario De Aragua .- Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÒN
ABG. DETMAN MIRABAL ARISMENDI
LA SE.....