DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos y las normas legales citadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.-SIN LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesta por el ciudadano RAFAEL ALEJANDRO ORTA, representado por los Co-Apoderados Judiciales, Abogados Juan Erasmo Molina Labrador y Juan Erasmo Molina Yépez, contra la empresa “SUPERMERCADO FULAI C.A.”, en la persona de su representante TIAN GING ZHENG, representada por los Co- Apoderados Judiciales, Abogados Francis Raquel Daniels y Angelo Feola Parente, todos identificados en el presente fallo.
2.- Se condena en costas al actor.
3.- Se deja constancia, que la presente decisión fue dictada dentro del lapso legal.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
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