Por lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la solicitud formulada por el Ministerio Público, de la APREHENSION EN FLAGRANCIA imputado WILLYS EDUARDO BRIZUELA SOTO, de Conformidad con el Articulo 44 ordinal 1° Constitucional en concordancia con el Articulo 93 Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en virtud de que se encuentran llenas las exigencias establecida en dichos artículos. Acuerda la prosecución del proceso bajo las reglas del Procedimiento Especial, conforme a lo establecido en el artículo 93 y 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a fin de que el Ministerio Publico continué con las investigaciones . Se declara con lugar la solicitud hecha por el Mi.....