Revisadas como han sido las actas procesales que conforman la presente pieza jurídica, contentivo del Juicio que por DESALOJO, intentó el ciudadano ANTONIO MICHELE PERICOLO PUERTA, a través de su apoderados judiciales contra el Ciudadano AVELINO DE ABREU MACEDO todos plenamente identificados en autos, y con vista del CONVENIMIENTO, celebrado por ambas partes en fecha 25 de Febrero de 2008, por este Tribunal, por cuanto dicho CONVENIMIENTO, no es contraria a derecho, siendo disponibles las acciones enunciadas de conformidad con el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal le da su aprobación y carácter de cosa JUZGADA, ordena Homologar el presente procedimiento, dando por terminado el presente juicio.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del despacho.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO Y ORTIZ de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en San Ju.....