Vista la proposición de aumento de Obligación de manutención realizada por la ciudadano: RAMON JOSE MORENO DEL VALLE, parte demandada en el presente juicio ( EXP. Nª 726-07) y la aceptación de la misma por parte de la ciudadana; ILIANA DEL VALLE ARRUEBARRENA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No 15.823.740 ,quien actúa en representación de su hija XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, donde se estableció que el padre de dicha niña, acuerda depositar mensualmente la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES ( Bs. 200,00);, y la mitad previa notificación de los gastos relacionados con medico y medicinas cuando el caso lo amerite, asi como lo concernientes gastos de la época decembrina.; el Tribunal en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley lo da por consumado e imparte su homologación, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente, en los términos expuestos; y los depósitos concernientes a la obligación de manutención.....