Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Valle de La Pascua, constituido como Tribunal Unipersonal, en atención a las consideraciones de hecho y de derecho explicadas en la parte motiva de la presente decisión; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en los artículos 365 y 376 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al ciudadano JOSE GUILLERMO MATOS TORREALBA, ampliamente identificado, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, con aplicación del artículo 37, 74 ordinal 4° todos del texto Sustantivo Penal en concordancia con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarlo culpable en la comisión del delito de ROBO IMPROPIO BAJO LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal, cometido en per.....