En virtud de lo anteriormente narrado, este Juzgado del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCION Y EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA,
de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES, que sigue la abogada XIOMARA GUERRERO, apoderada Judicial de BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., en contra de los ciudadanos: CARLOS JOSE COLMENARES y LUIS ALBERTO, ambas partes suficientemente identificadas en autos.- En consecuencia, revoca y deja sin efectos jurídicos la medida de Embargo Preventivo decretado en fecha 18-05-2010, cursante al folio uno (1) del cuaderno de medidas del presente expediente