por lo que este Tribunal de Ejecución No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA PENA, de un (01) año de prisión impuesta al ciudadano: DAVID JOSE MACHADO, titular de la Cédula de Identidad No. 1.978.545, por la comisión del delito de ACTO CARNAL, previsto y sancionado en el artículo 379 del Código Penal, que resulta el termino medio de la pena aplicable. Notifíquese a la Unidad de Defensoría Pública Penal, al Fiscal Sexto del Ministerio Público y al Fiscal Noveno de Ejecución de Sentencia y demás partes. Cúmplase.-
LA JUEZ DE EJECUCION No. 01
ABG. MIRIAM BALOA DE QUIJADA
EL SECRETARIO,
ABG. ANGEL MONCADO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.----------------------------------------------------------------------------.....