Por todos los razonamientos antes expuesto este Tribunal Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la demanda por Cobro de Bolívares Vía Intimación