DISPOSITIVA:
Este Juzgado, actuando en función constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: Declara Con Lugar la Acción de Amparo Constitucional en la modalidad de Habeas Corpus, interpuesta por el ciudadano Abg. DANIEL ALEJANDRO MONTANI VILORIA, en representación del ciudadano: PEDRO ISRAEL NUÑEZ; en consecuencia, se ordena restituir inmediatamente la situación jurídica infringida, para lo cual se dictamina el inmediato traslado del sindicado de autos para el Centro Especializado en Tratamiento de Enfermedades Mentales ubicado en San Francisco de Macaira, estado Guarico. Asimismo, se ordena al Ministerio del Poder Popular del Interior y Justicia que adopten las medidas que sean necesarias para coadyuvar con la Dirección del Internado Judicial del Estado Guarico, para llevar a efecto el traslado ordenado. Se ordena que este mandamiento sea acatado por todas las Autoridades de la República, s.....