Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA SUFICIENTE las Justificaciones para asegurar la posesión y propiedad a favor del Ciudadano JUAN TORIBIO BOLIVAR ALVARADO, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-16.527.597, sobre las mejoras y bienhechurias edificadas en la planta alta o primer piso del inmueble locales comerciales construido en un lote de terreno de propiedad municipal, constante de CIENTO TREINTA Y SIETE METROS CON CINCO CENTIMETROS CUATRADOS (137,05 mts2), ubicado en la calle Bolívar, cruce con avenida José Félix Rivas, Sector Las Marías, del Municipio Esteros de Camaguán del estado Guarico, con los linderos, características y descripciones indicadas supra .....