Ahora bien, Seguidamente el Tribunal, Seguidamente el Tribunal, oídos los fundamentos de la solicitud y lo planteado por el representante del Ministerio Publico y la Defensa, y revisadas como han sido las actas de investigación penal signadas con el Nº 12-F7-018-04, presentadas en este acto, a través de las cuales se establece que los seriales señalados en el porte de arma presentado al inicio de la investigación por el imputado, corresponden a un arma de fuego que se encuentra solicitada como Hurtada en fecha 21-11-73, por la Sub-Delegación SIMON RODRIGUEZ, sede Caracas, así como el hecho de que el serial físico que presenta el arma que es 08456, a su vez también se encuentra requerida por la División Nacional de Vehiculo por el delito de Hurto de Fecha 30-04-94, según Expediente E-060190 y solicitada igualmente por la División de Vehiculo en fecha 04-05-94 según memorando Nº 17222, todo lo cual se desprende del folio cinco (05) de las actas de investigación penal ya señaladas.....