DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado de Primero de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por imperio de la Ley, Declara la PRESCRITA LA PENA que le fuera impuesta al penado ALEJANDRO ANDRÉS JIMÉNEZ, venezolano, titular de Cédula de Identidad N° 14.643.374, de 26 años de edad, soltero, natural de esta ciudad, de profesión Obrero, nacido en fecha 20-4-1980, residenciado en la Avenida Fermín Toro, callejón Xiomara, casa Nro. 06, subiendo por silenciadores Félix frente a la tienda del coleador, de esta ciudad de San Juan de los Morros, hijo de Clara Ismenia y Ángel Alvarado. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 112 ordinal 1° del Código Penal Venezolano. Notifíquese a las partes y se acuerde el cese de todas las medidas impuestas al penado y déjese por concluido y archívese el presente asunto en.....