Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Control Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; DECIDE: PRIMERO: SE DECLINA LA COMPETENCIA al JUZGADO CUARTO DE EJECUCION DE PUERTO AYACUCHO ESTADO AMAZONAS, a los fines de solventar la Situación Jurídica del Ciudadano PEDRO COLMENARES MELENDEZ CATIMAY, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.628.700, natural de Puerto Ayacucho, quien esta a la orden del referido Juzgado y requerido en fecha 05-10-2004 según orden de captura No. 1156-04 por el delito de Lesiones Personales. SEGUNDO: Se ordena la remisión de las actuaciones originales, junto con el imputado antes identificado plenamente al JUZGADO CUARTO DE EJECUCION DE PUERTO AYACUCHO ESTADO AMAZONAS, donde constan como se produjo la aprehensión del mismo. En virtud de lo decidido, se ordena librar boleta de t.....