DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expresados, este Tribunal de PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por el ciudadano ANTONIO CHIUSANO CAMPOS venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 6.110.923, domiciliado en esta ciudad de Calabozo Estado Guárico, contra la ciudadana EDITH JUDITH GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 6.110.923, con fundamento en los ordinales segundo (2do.) y tercero (3°) del Artículo 185 del Código Civil Venezolano Vigente, quedando en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha 18 de marzo del año 1.983, según consta copia certificada del Acta de Matrimonio N° 08, cursante a los autos, emanada de la Prefectura Civ.....