Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada Abogado Ángelo Feola. SEGUNDO: SE CONFIRMA PARCIALMENTE la decisión recurrida de fecha 03 de julio de 2002 proveniente del Juzgado de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico. TERCERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano Roberth Oswaldo Marín contra la ciudadana Bethania Josefina Fajardo Zaraza,