PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abg. Carlos Luís Sánchez Chacín en su condición de Fiscal Provisorio 23º del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada en fecha 20 de Julio de 2017, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico con sede en San Juan de los Morros; mediante la cual acordó sustituir la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesaba sobre el imputado Johan Alexander Oropeza Palomo, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.843.463, por una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en Arresto Domiciliario, de conformidad con lo establecido en los artículos 86 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 8, 9, 229, 242 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se revoca el fallo impugnado, referido ut supra. En virtud de ello cobra vigencia la Me.....