Este Tribunal en funciones de Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA.- PRIMERO.- Se ordena el ejecútese de dicha sentencia en los términos expuestos, de acuerdo a lo establecido en el articulo 646 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.- SEGUNDO.- Se ordena al ciudadano: Identidad Omitida.- El cumplimiento de la sanción tal y como fue establecida, es decir Libertad Asistida, por el lapso de OCHO (8) MESES,, recibiendo orientación, vigilancia y supervisión en la iglesia Evangélica ¿Emmanuel¿, ubicada en la Avenida Rómulo Gallegos de Valle de la Pascua, por parte del pastor de la iglesia, de bebiendo presentar constancia de su cumplimiento ante este Tribunal de Ejecución. TERCERO.- El ciudadano: Identidad Omitida, (adolescente al momento de ocurrir los hechos), cumplirá definitivamente la sanción de Libertad Asistida que le fuera impuesta en fecha 07 de junio del 2005, todo de conformidad a lo estableci.....