se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los mismos términos en que aparece concebida, con lo cual adquiere el carácter de cosa juzgada, da por terminado el procedimiento y ordena el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ
ABG. REINALDO USECHE GOMEZ,
LA PARTE ACTORA,
LA PROCURADORA DEL TRABAJO,
LA REPRESENTANTE
DE LA EMPRESA,
ABOGADO ASISTENTE
DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA,
ABG. INDIRA MORA PEÑA